lunes, 23 de diciembre de 2013

Piden el bloqueo a información contable

Un empresario sospechado de cometer delitos de lavado de dinero, evasión tributaria, balance falso y complicidad en corrupción administrativa, solicitó a la justicia resguardar la confidencialidad de la información contable, societaria y comercial de su empresa.

Sostiene que, sin derecho alguno, cierta información se encuentra en poder de terceras personas que lucran con su difusión.

Que el contenido de una nota que difundió un medio periodístico, está basado en la revisión de la contabilidad de las empresas. Según señala el diario, corroboró al revisar la facturación durante meses, junto a seis expertos antilavado y tributarios.

Afirma el periódico que los convenios analizados, comenzaron a tejerse en agosto de 2009, según consta en la copia del Libro IVA Compras de Austral Construcciones, y se extendieron hasta mediados de 2011. Con esos documentos a su disposición, los seis expertos consultados por La Nación, arribaron a conclusiones. Se señala que el elenco de “expertos” consultados“ incluye referentes del sector privado, de la AFIP y dos ex altos funcionarios de la UIF, la unidad antilavado.

Afirma que el área contable del empresario que pide el bloqueo, se encargó de llevar adelante la facturación y contabilidad de la empresa gerenciadora de los hoteles. Se reconoce, también, que se tuvo acceso a ciertos contratos confidenciales firmados por Valle Mitre S.A. 

Dice la nota que tales supuestos pagos surgen de los registros contables internos de su grupo empresario [de Lázaro Báez] que el diario analizó durante los últimos meses. Que se contó con registros contables que exponen, también, el movimiento “subdiario” de Valle Mitre o los cálculos de IVA, Ganancias e impuestos de otras empresas, entre otros documentos internos. De esos mismos documentos contables de Valle Mitre surge, sin embargo, cómo habría sido la operatoria dentro de la gerenciadora turística para librar los cheques por el monto neto, es decir, tras el pago de IVA y Ganancias.

A modo de ejemplo, se referencia a un primer pago de marzo de 2010 que se anotó el 31 de ese mes en el “Subdiario” de la firma gerenciadora. Con un monto gravado por $ 155.200 más otros $ 32.592 en concepto del 21% destinado a cubrir el pago de IVA. Total: 187.792 pesos.

En cuanto al significado jurídico, se señala que los registros contables sólo puede haberse tenido acceso en el contexto de una verificación impositiva o que obran en poder del organismo recaudador.

Que la información divulgada no es de aquella que deba ser publicada, informada o certificada de algún modo ante los registros que controlan el normal funcionamiento de las sociedades comerciales. A modo de ejemplo, la cantidad de empleados con que cuentan ciertas empresas que han contratado con Valle Mitre S.A., siendo que esa información sólo puede haber sido obtenida de los formularios 931, que mensualmente cada una de esas empresas debe presentar ante la AFIP.

Se señala que se podría estar frente al delito de un funcionario público que revelare documentos o datos, que por ley deben ser secretos (art. 157 del Código Penal), que violare el secreto fiscal de las declaraciones juradas (art. 101 de la Ley 11.683) , y/o del delito previsto en la ley de lavado de capitales (art. 14 de la Ley 25.246).

En los detalles sobre facturación, contenidos de libros y registros contables (por ejemplo, se alude a los movimientos “subdiarios”), discriminaciones de IVA y retenciones de Ganancias, cantidad de empleados de las sociedades, etc., son todos datos que se encuentran en poder de la AFIP.



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